Pago de Multas

En caso de que la resolución del Agente Administrativo disponga una multa el pago debe acreditarse de la siguiente forma:

  • Pague la multa en un Banco Ciudad.
  • Presente el comprobante de pago en la sede de la AGC (Tte. Gral. Perón 2941) ante el área de Seguimiento y Ejecución de Pagos con la siguiente documentación: recibo de pago, la notificación recibida originales y sus respectivas fotocopias.

Plan de Pagos de Multa

Una vez recibida la resolución el destinatario contará con 5 días hábiles para acceder a un plan de financiación de hasta 12 meses, según el análisis que se realice del caso, según: la naturaleza de la falta infringida, los antecedentes del infractor y el tipo de establecimiento en cuestión.

Certificado de Libre de Deuda

Todos los administrados no morosos podrán solicitar a la AGC el Certificado de Libre Deuda de Infracciones de la Dirección General de Control de Faltas Especiales

VENCIDO EL PLAZO QUE DETERMINA LA LEY EL DESTINATARIO SERÁ CONSIDERADO COMO MOROSO, Y SE LE CONFECCIONARÁ UN CERTIFICADO DE DEUDA.

EN TODOS LOS CASOS DEBERA PRESENTARSE ANTE EL ÁREA DE SEGUIMIENTO Y EJECUCIÓN DE FALTAS: TTE. GRAL PERÓN 2941, DE 8:30 A 13:30 HS Y DE 14 A 19 HORAS

Nocturnidad Micrositio
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